· Alcalde provincial Mario Reyna pide al Ejecutivo y Legislativo que normen respecto a las inspecciones de detalle en estructuras de edificaciones.
El Decreto Supremo N° 02 2018-PCM y el Manual de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad (ITSE), que actualmente están en vigencia, precisan que las inspecciones de detalle a las estructuras de edificaciones no son facultad de las municipalidades y que estas se limitan a un ‘procedimiento ocular’.
Por ello, el alcalde provincial de Trujillo, Mario Reyna Rodríguez, adelantó que en las próximas horas pedirá al Congreso de la República y al Gobierno Nacional, que a través de una norma se designe a la entidad encargada de estas revisiones y que estas se hagan al menos cada 2 años.
Respecto a la tragedia del pasado fin de semana en Trujillo, en el Real Plaza, el Colegio de Ingenieros del Perú (CIP), a través de su Consejo Nacional, emitió un comunicado precisando que la actual inspección ITSE, se rige a un procedimiento ocular, no considerando en los requisitos la presentación obligatoria de planos estructurales y la presencia obligatoria de un ingeniero civil en el grupo inspector.
Por ello, solicitan a las autoridades correspondientes, el retorno de la obligatoriedad de la participación de un ingeniero civil en todas las inspecciones ITSE y exigen la experiencia profesional en edificaciones a no menos de 5 años.
Consideran, igualmente, que las inspecciones deben mantener su vigencia de 2 años y de ninguna manera deben tener vigencia indeterminada, tal como se solicita en la propuesta de Ley N° 9877-2024-CR.
Respecto a estas inspecciones, debe recordarse que mediante Resolución Jefatural N° 016-2018-CENEPRED/J, del 22 de enero del 2018, resuelve en su art 1.- Aprobar el Manual de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, dispuesto en el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por D. S. N° 002-2018-PCM.
Esto fue refrendado a través del el Decreto Supremo N° 02 2018-PCM, que aprueba el nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones.
El Manual de Inspecciones Técnicas de Seguridad indica en el inciso 1.2.15: Para todos los casos en la ITSE, ECSE y VISE, señala que el inspector o grupo inspector realiza una verificación ocular del cumplimiento o incumplimiento de las condiciones de seguridad en el establecimiento objeto de inspección, pudiendo en coordinación con el conductor del establecimiento realizar y/o solicitar pruebas in situ de las instalaciones y/o equipos de seguridad tales como: sistema centralizado de detección de incendios, luces de emergencia, manguera contra incendios, otros.
Mediante Decreto Legislativo N° 1200, publicado en el diario oficial el 23 de septiembre del 2015, se modificó la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencias de Funcionamiento y las funciones dispuestas en la Ley N° 29664, Ley que crea el SINAGERD con el objeto de facilitar las inversiones y mejorar el clima de negocios, … cambiando la concepción de las inspecciones a una actividad mediante la cual se evalúa el riesgo y las condiciones de seguridad de la edificación vinculada con la actividad que se desarrolla…
Mediante el Decreto Legislativo N° 1271, que modifica la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencias de Funcionamiento, se introdujo modificaciones con la finalidad de simplificar el procedimiento para reducir requisitos, costos, y plazos, la misma que será aplicable a partir de la entrada en vigencia del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones.
El D.S. N° 018-2017-PCM, establece que las competencias en Inspecciones Técnicas de Seguridad en edificaciones corresponde al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, una vez que entre en vigencia el Nuevo reglamento de Inspecciones técnicas de Seguridad en Edificaciones.


