• Las empresas operadoras deben atender los reportes por problemas de calidad y averías en un plazo máximo de un día.
• En el caso de servicios fijos ubicados en centros poblados rurales, el plazo máximo es de dos días calendario.
Las interrupciones en el servicio de internet, la mala calidad de las llamadas, la baja velocidad de navegación o las fallas recurrentes en los servicios de telecomunicaciones son situaciones que afectan a los usuarios. Frente a estos inconvenientes, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) recuerda a la ciudadanía que las empresas operadoras están obligadas a atender y solucionar estos problemas dentro de plazos establecidos por la normativa vigente.
De acuerdo con el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, las empresas operadoras deben atender los reportes por problemas de calidad y averías en un plazo máximo de un día calendario desde que son comunicados por el usuario. En el caso de servicios fijos ubicados en centros poblados rurales, el plazo máximo es de dos días calendario.
Asimismo, la normativa establece que la empresa operadora debe acreditar la solución del problema mediante una constancia de reparación o cualquier otro mecanismo que evidencie la conformidad del usuario con la atención brindada.
Si la empresa no logra solucionar la avería dentro del plazo establecido o no obtiene la conformidad del usuario respecto de la reparación efectuada, se genera automáticamente un reclamo en primera instancia, manteniendo el mismo código asignado al reporte inicial. De esta manera, se garantiza la continuidad del procedimiento en defensa de los derechos del usuario.
¿Qué hacer si persiste el problema?
El OSIPTEL recomienda a los usuarios conservar el código del reporte registrado ante su empresa operadora y realizar el seguimiento correspondiente. Asimismo, si consideran que el inconveniente no ha sido solucionado adecuadamente, pueden utilizar la herramienta digital Checa tu caso (https://checatucaso.osiptel.gob.pe/) para reportar y monitorear la atención de los problemas relacionados con sus servicios.
Reclamos deben resolverse en un máximo de tres días hábiles
El organismo regulador también recuerda que los reclamos referidos a la calidad e idoneidad del servicio deben ser resueltos por las empresas operadoras en un plazo máximo de tres días hábiles, contados desde el día siguiente de su presentación. Este plazo busca garantizar una respuesta rápida y eficaz frente a las afectaciones que puedan sufrir los usuarios.
Para más información sobre sus servicios públicos de telecomunicaciones, el OSIPTEL pone a disposición de los usuarios de la región La Libertad el FonoAyuda 1844. También pueden acudir, de manera presencial, a la oficina regional, ubicada en calle Paraguay 139, urbanización El Recreo, en Trujillo, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 1 p. m. y de 2 a 5 p. m.





