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SE PLANTEA QUE PRODUCTOS CON OCTÓGONOS AHORA DIGAN “SU CONSUMO EXCESIVO DAÑA LA SALUD”

 

La congresista Magaly Ruiz Rodríguez (APP), plantea modificar la Ley 30021 sobre la Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes.

Entendiendo las consecuencias del consumo excesivo de sodio, azúcar y grasas saturadas, y su relación con la obesidad y sobrepeso, resulta necesario que en las advertencias publicitarias normadas en el artículo 100 de la ley, se mencione de manera clara y directa que el consumo excesivo de dichos productos causa daño a la salud, en tanto el mensaje ‘evitar su consumo excesivo’ no indica el peligro real que representa, sobre todo cuando está dirigido a menores de edad, quiénes se preguntan ¿Por qué evitar el consumo excesivo?, sin obtener respuesta inmediata.

El proyecto 4658-2022, en la publicidad, incluye que se consigna en el producto, de los alimentos y bebidas no alcohólicas con grasas trans y alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas, se debe consignar en forma clara, legible, destacada y comprensible las siguientes frases, según el caso:

“Alto en (Sodio-azúcar-grasas saturadas): “SU CONSUMO EXCESIVO DAÑA LA SALUD”.

“Contiene grasas trans: “SU CONSUMO EXCESIVO DAÑA LA SALUD”.

Además, sostiene que el Ministerio de Educación proveerá a las instituciones de educación básica regular pública y privada en todos sus niveles y en todo el territorio nacional, carteles claros, legibles, destacados, comprensibles y llamativos, para ser colocados en zonas visibles en las áreas destinadas a quioscos, comedores o lugar donde se expendan alimentos y bebidas no alcohólicas con alto contenido de azúcar, sodio, grasas trans y grasas saturadas con las siguientes frases:

“El consumo excesivo de golosinas, snacks y bebidas con alto contenido en sodio, azúcar y grasas saturadas daña la salud”.

“El consumo excesivo de golosinas, snaks con grasas trans daña la salud”.

El Ministerio de Salud tendría 30 días para realizar las modificaciones y adecuaciones del reglamento que sean necesarias. Mientras que los proveedores, comedores escolares, propietarios o administradores de quioscos tendrán 120 días para acatar la norma.

La iniciativa legislativa fue presentada el 4 de abril de este año y ya se encuentra en las comisiones de Educación y Defensa del Consumidor para su evaluación.

Fondo de Compensación del SOAT y CAT

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