
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) aprobó una ordenanza para la regulación de beneficios en el Servicio de Administración Tributaria de Trujillo – SATT para este año, lo que permitirá condonar intereses moratorios del impuesto predial, al patrimonio vehicular, alcabala y arbitrios y multas tributarias.
Ylder Vargas Alva, gerente general del SATT expuso el tema en sesión extraordinaria presidida por el alcalde Mario Reyna Rodríguez, sustentando objetivos y beneficios para los contribuyentes, precisando que la campaña se realizará en los meses de julio y agosto del presente año. Al final, la ordenanza fue aprobada por unanimidad.
La campaña busca sensibilizar y facilitar la regulación de las obligaciones tributarias para reducir la cartera morosa administrada y generar liquidez para los servicios públicos, así como fomentar una cultura de cumplimiento voluntario de pago.
Para acogerse a los beneficios se debe tener la condición de ‘habido’ en el domicilio fiscal, estar registrados en el portal de pagos SATT Digital y que la deuda no esté en cobranza coactiva con medida cautelar efectiva.
Las deudas judicializadas requieren presentar el desistimiento fedateado de la pretensión y pagar los reajustes, derecho de emisión mecanizada y costas procesales del año de acogimiento. Las deudas no deben estar sujetas a fraccionamiento vigente ni pérdida de fraccionamiento, salvo algunas excepciones.
LOS BENEFICIOS
La condonación del 100% de las multas tributarias estarán sujetas a que se cancele la totalidad de los montos insolutos del impuesto predial y patrimonio vehicular, derechos de emisión, reajustes y costas hasta el año 2026; y se condonará el 100% de los intereses moratorios del impuesto predial, al patrimonio vehicular y de multas tributarias hasta el año 2026. Esto aplica a multas tributarias derivadas del impuesto predial y patrimonio vehicular, originadas por omisión o extemporaneidad.
Para el caso de arbitrios municipales (tributo insoluto) se condonará el 10% de la deuda del año 2026, el 20% para deudas del 2025-2024, 30% para el 2023-2022, 505 para el 2021-2020 y 90% para el 2019 y años anteriores. La condición es que el contribuyente no presente deuda pendiente de pago por concepto de impuesto predial por el ejercicio 2026.
Otro beneficio es que se impulsa la mayor inscripción y declaración del impuesto vehicular e impuesto predial, lo que ha permitido tener mayor cantidad de declaraciones juradas de impuesto vehicular.
Muchos contribuyentes ciudadanos compran vehículos, pero desconocen que deben pagar el impuesto vehicular, entonces una tardía inscripción amerita una multa tributaria y lo que estamos haciendo es que si el contribuyente va voluntariamente declara el patrimonio vehicular o el impuesto predial se le va a condenar el 100% de la multa tributaria, pero debe pagar todos sus impuestos, predial y vehicular, para que se haga acreedor a este beneficio, precisó Ylder Vargas.