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SERVIR inicia supervisión a Universidad Nacional de Trujillo por designar funcionarios sin cumplir requisitos del perfil

Se detectó que ocho servidores fueron nombrados en cargos directivos sin acreditar la experiencia, grados académicos y capacitación exigidos por el Manual de Clasificador de Cargos institucional

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) notificó oficialmente a la Universidad Nacional de Trujillo (UNT) el inicio de un proceso de supervisión por presuntas irregularidades en la designación de ocho funcionarios en cargos directivos, quienes habrían sido nombrados sin cumplir los requisitos mínimos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) aprobado por la propia institución.

A través del Oficio N° 000352-2026-SERVIR-GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos comunicó que la acción supervisora se enmarca en el artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1023, que faculta a SERVIR para revisar el cumplimiento de las normas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH) y recomendar medidas correctivas.

La investigación surgió tras una denuncia presentada por el servidor Francisco Javier Leonardo Rodríguez en setiembre de 2025, quien alertó sobre el presunto incumplimiento del artículo 7º de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público. Esta normativa establece que toda persona que postule o acceda a cargos públicos debe acreditar los requisitos mínimos establecidos en los instrumentos de gestión de cada entidad.

Entre los casos más representativos destaca la designación del Eco. Alberto Luis Cava Carhuayo como Director General de Administración, quien no acreditó el grado de maestría en Gestión Pública exigido por el perfil del cargo. Asimismo, el Lic. Wilbbert Valdemar Vigo Alfaro fue nombrado Jefe de la Unidad de Recursos Humanos sin demostrar los cinco años de experiencia requeridos en conducción de programas o sistemas administrativos.

El CPC. Anthony Frank Pérez Rosas, designado como Jefe de la Unidad de Presupuesto, solo acredita dos años y nueve meses de experiencia cuando el cargo exige tres años, además de carecer de capacitación en relaciones humanas. En casos aún más graves, el Lic. Luis Alberto Blas Baltodano y la Lic. Aleida Yamalí Gonzáles Acosta fueron nombrados en cargos directivos sin títulos profesionales afines al área y sin la experiencia mínima en gestión pública, la Ing. Marilyn Solís Guzmán, sin experiencia mínima de conducción ni capacitación en gestión pública.

Según el Informe Técnico 0245-2021-SERVIR-GPGSC, los requisitos contemplados en la Ley Marco del Empleo Público aplican para todas las modalidades de vinculación laboral, incluyendo las designaciones de empleados de confianza, por lo que las personas que ingresan a cargos del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) deben cumplir con el perfil establecido.

SERVIR ha otorgado a la UNT un plazo de siete días hábiles para presentar sus descargos, incluyendo los legajos digitalizados de los ocho funcionarios cuestionados, las resoluciones de designación y cese, el Manual de Clasificador de Cargos vigente, y un informe pormenorizado que sustente la evaluación realizada para verificar el cumplimiento de los perfiles de puesto.

La Décimo Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que las entidades públicas deben proporcionar la información requerida por SERVIR dentro de los plazos establecidos, bajo responsabilidad del jefe de la oficina de recursos humanos. El incumplimiento podría derivar en recomendaciones de medidas correctivas o incluso en el deslinde de responsabilidades administrativas.

Este caso evidencia la importancia del fortalecimiento de los sistemas de control en la gestión de recursos humanos del sector público peruano, particularmente en las universidades nacionales, donde la transparencia y meritocracia deben ser pilares fundamentales del servicio civil.

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