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Concejo declara infundada reconsideración por vacancia de Arturo Fernández

·         Fernando Calderón adelantó que, agotada la vía administrativa, tiene listo el recurso de apelación para presentarlo al JNE, para la decisión final.

Por mayoría -con el voto a favor de vacar a Arturo Fernández del regidor Juan Namoc Medina-, el Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) declaró infundado el recurso de reconsideración del abogado Fernando Calderón Burgos solicitando la vacancia del alcalde suspendido en el cargo por sentencia en segunda instancia.

Pese a lo argumentado por la parte interesada, la reconsideración fue denegada luego de debatirse por poco más de media hora en sesión extraordinaria conducida por Mario Reyna Rodríguez.

El gerente de Asesoría Jurídica, Luis Alberto Gutiérrez Gonzáles, al ser consultado al respecto, se pronunció a favor de la vacancia y señaló que al declararse infundado el recurso de queja planteado por Arturo Fernández, quedaba ejecutoriada la sentencia y ya no era posible que la vuelvan a evaluar.

“Hay una publicación en el portal de la Corte Suprema. Allí se indica cuál es el sentido de la resolución, que ha quedado ejecutoriada, como cosa juzgada. Después se formalizará, con la resolución, pero no va a cambiar el resultado”, manifestó.

Sin embargo, el sentido del voto fue argumentado por los regidores considerando que no se había adjuntado la resolución de la Corte Suprema en la que no admitió el recurso de queja planteado por Fernández.

“Hay que tener un poquito de paciencia. Una vez que se conozca el texto de la resolución el Concejo decidirá de acuerdo a Ley. En todo caso, el que fallará al final es el Jurado Nacional de Elecciones”, dijo Mario Reyna Rodríguez.

¿Qué pasaría si hubiera un error en la resolución?. El pantallazo que se ha visto en la página web de la Corte Suprema debe ser complementado con la publicación de la resolución. Muchas cosas podrían pasar, por eso el Concejo ha fallado por denegar el pedido de Fernando Calderón, añadió.

El concejal Luis Gonzales Rosell indicó que, para poder votar conforme a Ley, la Secretaría General de la MPT debe solicitar a la Corte Suprema la citada resolución y que no habiendo la resolución que acredite que la sentencia quedó ejecutoriada su voto era por declarar infundado el recurso de reconsideración.

Semanas antes, se había adoptado el Acuerdo de Concejo N° 087-2024-MPT, rechazando la solicitud de vacancia formulada en el Expediente N° 19957-2024-MPT, en contra de César Arturo Fernández Bazán al cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo, por lo que Fernando Calderón solicitó la reconsideración.

Fernando Calderón dijo al final que lo positivo es que ya se agotó la vía administrativa y que elevará ante el JNE un recurso de reconsideración, para lo cual tiene un plazo de 15 días, pero como ya lo tiene elaborado lo presentará a la brevedad.

Dijo estar conforme con lo que se acordó, considerando que son una instancia política y no son especialistas en Derecho. “Es su criterio”, dijo, criticando que este proceso haya sido demasiado garantista con el suspendido alcalde.

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