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Aprueban el Reglamento Interno de Servidores Civiles de Alto Trujillo

·         La municipalidad distrital no contaba con este importante documento.

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) aprobó en sesión extraordinaria la ordenanza que permitirá poner en vigencia el Reglamento Interno de Servidores Civiles (RIS) de la Municipalidad Distrital de Alto Trujillo, instrumento de gestión que ayudará a seguir mejorando el funcionamiento de esta comuna.

Este documento incluye las atribuciones, derechos y obligaciones del empleador (municipalidad distrital) y las de los servidores civiles que laboran allí; también las condiciones en las que deben desempeñarse, así como las sanciones en caso de incumplimiento, tal como lo establece el artículo 129 del Reglamento de la Ley 30057 – Ley del Servicio Civil.

“Como nueva municipalidad la institución no contaba con este documento de gestión que los ayudará a realizar una mejor labor”, dijo el alcalde provincial Mario Reyna Rodríguez, después de escuchar la exposición de Gerardo Sánchez Ronceros, jefe del Área de Gestión de Recursos Humanos de Alto Trujillo.

Era indispensable dar a conocer a los trabajadores información sobre faltas y  sanciones por aplicar y al no contar con el reglamento, cualquier sanción que se hubiera aplicado iba a ser invalidada, explicó el funcionario.

El RIS incluye las pautas para el mejor desempeño de los servidores: procedimientos de incorporación, la jornada de servicio, horario y tiempo de refrigerio; normas de control de asistencia al servicio civil que se aplican en la entidad; normas sobre permisos, licencias e inasistencias; modalidad de los descansos semanales; derechos y obligaciones del empleador; y disposiciones sobre el plan de bienestar de la entidad.

Derechos, obligaciones, deberes e incompatibilidades de los servidores civiles; disposiciones sobre la entrega de compensaciones no económicas; faltas que acarrean la sanción de amonestación conforme al régimen disciplinario establecido en la ley y en el RIS; la entrega de puesto; las medidas de prevención y sanción del hostigamiento sexual, así como el procedimiento que debe seguirse frente a una denuncia o queja relativa a esta materia; y la normativa interna relacionada a las obligaciones de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Los regidores de la MPT felicitaron a las personas que trabajaron en la elaboración del reglamento, preguntando respecto a quién se encargará de aplicarlo, recibiendo en respuesta que los lineamientos de Servir establecen que el órgano sancionador es la oficina de Recursos Humanos.

Sin embargo, se precisó que será necesario que cuenten con un comité técnico evaluador de las sanciones, tal como lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades, incluyendo a un secretario técnico. Este comité también debe aprobarlo el Concejo Municipal Provincial. 

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