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Con nuevo reglamento en vigencia la MPT agilizará procesos de titulación

·         Respecto a posesiones informales por décadas sin poderse regularizar.  

Con la publicación oficial de la Ordenanza Municipal n.° 009-2026-MPT, suscrita por el alcalde Mario Reyna Rodríguez, entra en vigencia el Reglamento de Formalización de la propiedad informal de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT), el que facilitará los procedimientos de formalización de la propiedad informal y su titulación.

La provincia de Trujillo tiene una gran demanda contenida de atención de procesos de titulación, en diversos sectores de la periferia urbana y en los distritos, por lo que esta nueva ordenanza facilitará su atención.  

El actualizado reglamento, aprobado por unanimidad previamente por el Concejo Municipal, constituye un instrumento técnico normativo valioso para la gestión de los procesos de formalización de la propiedad informal y contribuirá al cumplimiento de las políticas nacionales de formalización y desarrollo urbano sostenible, resaltando el rol promotor en este orden de la MPT.

La ordenanza incluye como anexos el Reglamento de formalización de la propiedad informal, preaviso, ficha de empadronamiento, declaración jurada, procedimiento integral de declaración de propiedad mediante prescripción adquisitiva, ficha de potencial riesgo, solicitud de formalización de los lotes en contingencia, acta de inspección de lote individual, acta de inspección de lote contingencia, acta de publicación y socialización de planimetría.

Con la publicación de esta norma, quedó derogada la Ordenanza Municipal n.° 026-2023-MPT, dejando sin efecto todas sus disposiciones.

La nueva ordenanza fue aprobada en sesión de concejo del pasado 18 de marzo, a solicitud del alcalde Mario Reyna. Su puesta en vigencia ayudará a facilitar los procedimientos de formalización de la propiedad informal, promoviendo el acceso a la propiedad y a la seguridad jurídica de los posesionarios.

La Ley n.° 27972 establece que las municipalidades, en el ámbito de su jurisdicción son competentes para normar y regular estos procesos de formalización y que, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen la función de reconocimiento, verificación, titulación y saneamiento físico – legal de posesiones informales.

La Ley n.° 28687 – Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos, reconoce a las municipalidades provinciales como ente competente en el proceso de formalización de la propiedad de posesiones informales, centros urbanos informales, urbanizaciones populares y toda otra forma de posesión u ocupación en terrenos de propiedad estatal, con fines de vivienda, vivienda – comercio, casa huerta o similares, hasta la inscripción del título de propiedad.

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